Una aproximación a la estructura

Por: Juan Guillermo Pérez Hoyos

Que la reforma tributaria que viene sea estructural, piden todos a una los gremios, los empresarios, los sabios y los necios, cansados todos de reformas recaudadoras; claro, un mayor recurso en la caja no implica ni una mayor inversión social ni progreso en la comunidad,como hemos visto en estos años

en donde el recaudo de impuestos ha crecido en forma real mientras crece la corrupción, y mientas el avance en obras y desarrollo solo se da en la estadística. Pero bueno, a todas estas nadie dice qué es una reforma estructural aunque todo el mundo la pide. Vamos aquí a ensayar lo que ello sería.

Inicialmente debemos recordar que, a partir de la Constitución Política que nos rige, Colombia es un Estado social de derecho y hacia su construcción debe apuntar la estructura tributaria. Lo social debe propender por una actitud seria hacia el combate contra la desigualdad ancestral de nuestra población, pidiendo una mayor contribución a quien tiene más capacidad para poder llevar la oferta de derechos fundamentales a quien tiene menos. Pero esto ha sido un rotundo fracaso en todos estos años, pues los indicadores de desigualdad (Gini) son una vergüenza ante la cual se mantienen impávidos nuestros dirigentes.

Entonces, son muchísimos los elementos que rondan una reforma estructural, pero vamos a detenernos a analizar, por ahora, unos cuantos que consideramos clave en este proceso.  La base del recaudo nacional debe centrarse en los impuestos a la renta y al consumo, dejando el impuesto al patrimonio como un mecanismo complementario para la construcción del Estado social de derecho y los demás tributos nacionales como algo accesorio con recaudos residuales.

En el impuesto sobre la renta es necesaria una estructuración a partir del reconocimiento efectivo de que quien tiene una mayor renta tiene una mayor carga impositiva. Efectivo, pues lo actual es la determinación artificial de la renta, en donde resulta que quien tiene menos ingresos termina con una mayor renta gravable, producto del desconocimiento legal y doctrinario de expensas verdaderas. Aquí, se requiere de un desarrollo legal y reglamentario de los requisitos de fondo de las deducciones, que entienda que la relación de causalidad está ligada a la actividad del contribuyente y que todos sus gastos reales y verdaderos, necesarios para  la realización de su actividad y para su subsistencia, elemento indispensable para realizarla y comprensibles a partir de una protección real al mínimo vital, son deducibles. Deben tributar los dividendos y participaciones y toda distribución de utilidades, la prima en colocación de acciones o cuotas, la venta de acciones; las rentas exentas deben obedecer a criterios reales de generación de empleo y de investigación y desarrollo y deben tener un límite en el horizonte no superior a cinco años; no debe haber ganancias ocasionales exentas más allá de las generadas en la venta de la casa de habitación del contribuyente, en la cual, y en todos los casos, su impuesto debe ser igual a cero. Y, claro, debe eliminarse dos formas fatales engendradas en la reforma del año 2012; una, esa clasificación del Imán y del Imás la cual, luego de tres años de creada, continúa siendo un conflicto que ni sus creadores han podido reglamentar; otra, volver al sistema de un impuesto único de renta borrando del mapa el absurdo impuesto del Cree, del que ni siquiera tuvieron la decencia de incorporarlo al Estatuto Tributario.

El IVA debe reducirse a categorizar los bienes y servicios en excluidos y gravados, y los gravados deben serlo todos a una sola tarifa, limitando los bienes exentos a los productos exportados; en primera instancia, esto permitiría reducir la puerta de las devoluciones que tanto le han costado al país. En categoría de excluidos deben quedar solo los servicios de salud y educación. Todos los demás bienes y servicios deben quedar gravados. La viabilidad de esta propuesta solo puede entenderse con una reforma también al sistema de determinación del IVA a cargo del responsable, que le permita descontar todo el IVA pagado, incluido el correspondiente a la compra de activos fijos.

En materia de procedimiento tributario se debe propender por un sistema que brinde garantías al contribuyente y al Estado, con acciones como eliminar la autoimposición de sanciones, un verdadero sistema de autoinculpación que obliga al contribuyente a demostrar, incluso, hechos de la gestión de la administración tributaria, como los derivados de las fallas en los sistemas de transmisión electrónica de declaraciones y reportes; esto conlleva también a fundar el sistema tributario a partir de los hechos de fondo en materia de los impuestos, cambiando así la perspectiva del actual, que se funda en los hechos de forma, base de las sanciones autoimpuestas.  Debe reducirse el extenso número de declaraciones y reportes que conforman las obligaciones instrumentales, fuente de las sanciones actuales; la cantidad de declaraciones y reportes a presentar a las diversas administraciones tributarias es tan grande que lleva a considerar que el tamaño de los departamentos de contabilidad e impuestos en las empresas es parte del pago de un tributo en especie. Una reforma estructural a estas obligaciones partiría de construir una plantilla única para el reporte de conceptos y valores, con elementos tributarios y contables para uso eficiente de todas las administraciones tributarias, nacional y territoriales, superintendencias, contralorías, contaduría, y todos los organismos de vigilancia y control que existen y los que se inventen luego. La doctrina tributaria debe ser emitida por un ente gubernamental diferente de quien opera el impuesto por parte del Estado; esta función, actualmente en cabeza de la misma administración tributaria, es una seria fuente de conflictos que restringe las garantías del contribuyente y, en ocasiones, conduce a la administración a tomarse facultades del legislador por vía de la interpretación normativa.

Una reforma así no garantiza una mayor inversión aunque propende por un mayor recaudo y una mayor transparencia en los niveles de tributación. Ahora, la lucha contra la evasión no se da a partir de aumentar las cargas monetarias y formales del contribuyente, como equivocadamente se piensa en los sectores oficiales.  Tenemos que enfrentar de una vez y sin tapujos el problema de la corrupción, frente a la cual ningún nivel de recaudo es suficiente; por ello, una reforma estructural debe partir del reconocimiento de que la corrupción ha hecho inviable el sistema tributario y que por allí se han escapado los recursos que el país necesita.

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